Para alquilar una vivienda de manera segura, es fundamental prestar atención a dos aspectos clave: el perfil del inquilino y la redacción del contrato de arrendamiento. Realizar una evaluación previa del candidato y contar con un contrato bien elaborado actúa como una protección contra posibles inconvenientes futuros.
Ahora bien, ¿qué sucede si no se toman las precauciones necesarias? ¿Cómo actuar frente a un inquilino que no paga y que no tiene contrato? En Grupo Torremar te explicamos los pasos a seguir.
Primero, es importante destacar que alquilar sin un contrato escrito implica grandes riesgos. Las garantías quedan limitadas a los acuerdos verbales, que pueden ser modificados o mal recordados con el tiempo. Según la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), en ausencia de un contrato escrito, el alquiler se considera válido por un año, con derecho a prórrogas anuales hasta alcanzar cinco años, siempre que el inquilino se haya mudado después del 6 de junio de 2013.
Incluso si no existe un contrato formal, un acuerdo verbal de alquiler es vinculante. Si el inquilino no paga, se puede iniciar un procedimiento de desahucio. El principal desafío es demostrar la existencia del contrato en un juicio. La forma más común de prueba es a través de registros bancarios de pagos. Si los pagos se hicieron en efectivo, se necesitarán otras pruebas, como correos electrónicos, facturas de servicios u otros documentos.
Si no se puede probar la relación de arrendamiento, el propietario debe presentar una demanda de desahucio por precario, que no permitirá exigir el pago de rentas atrasadas.
Sí, es posible desalojar a un inquilino sin contrato. El procedimiento es similar al de un arrendatario con contrato, salvo que si no se puede demostrar el acuerdo, se debe recurrir al desahucio por precario. Los pasos son los siguientes:
- Informa al inquilino por burofax que debe abandonar el inmueble, especificando el motivo y el plazo para hacerlo.
- Si no se produce la salida, presenta una demanda, adjuntando todas las pruebas que justifiquen el desahucio.
- Una vez aprobada la demanda, recibirás una notificación con la fecha para recuperar la propiedad.
El proceso de desahucio por impago en España suele tardar un mínimo de seis meses, aunque el tiempo medio es de 7 a 8 meses, y en ocasiones puede extenderse a más de 12 meses, especialmente en casos de inquilinos sin contrato, dependiendo de la calidad de las pruebas disponibles.